domingo, 8 de septiembre de 2013

LEY “ANTILAVADO” Puntos Importantes

LEY “ANTILAVADO” Puntos Importantes
El 17 de Julio pasado entró en vigor la LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA, y el día 16 de agosto de 2013 se publicó el reglamento de la misma.
Con lo anterior nacen nuevas obligaciones para los contribuyentes que habrá que cumplir a partir de las entradas en vigor anteriores.
Sujetos Obligados:
Serán quienes realicen las siguientes operaciones:
Práctica de juegos con apuesta, concursos y sorteos
Emisión o comercialización habitual o profesional de tarjetas de servicios, de crédito, tarjetas pre pagadas por quienes no sean Entidades Financieras
Emisión y comercialización habitual o profesional de cheques de viajero por quienes no sean Entidades Financieras
El ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo o de garantía por quienes no sean Entidades Financieras
Prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de inmuebles, así como servicios de intermediación en la compra-venta de los mismos
Comercialización e intermediación habitual o profesional de metales preciosos,  piedras preciosas,  joyas y relojes
Subastar o comercializar habitual o profesionalmente obras de arte
Comercialización o distribución habitual o profesional de vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres
Prestación habitual o profesional de servicios de blindaje de vehículos terrestres, nuevos o usados, así como de inmuebles
Prestación habitual o profesional de servicios de traslado o custodia de dinero o valores, excepto aquellos en los que intervenga el Banco de México
Prestación de servicios profesionales de administración y manejo de recursos, compra-venta de inmuebles, manejo de cuentas bancarias, servicios corporativos, diversos servicios financieros y legales, etc.
Prestación de servicios de fe pública, en tratándose de notarios y corredores públicos, así como servidores públicos con esa atribución
La recepción de donativos, por parte de asociaciones y sociedades sin fines de lucro
Prestación de servicios de comercio exterior como agente o apoderado aduanal
Constituir derechos personales de uso o goce de inmuebles
Montos para Identificación y Aviso de Operaciones:
A continuación señalamos los montos para cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley, recomendamos consultar el texto de ley para la adecuada interpretación de los montos.

Fracción
Monto para Identificación
Monto para Aviso
I
325 salarios mínimos DF ($21,047 en 2013)
645 salarios mínimos DF ($41,770 en 2013)
II
Tarjetas de servicio o crédito, 805 salarios mínimos DF ($52,131 en 2013)
Tarjetas pre pagadas, 645 salarios mínimos DF ($41,770 en 2013)
Tarjetas de servicio o crédito, 1285 salarios mínimos DF ($83,216 en 2013)
Tarjetas pre pagadas, 645 salarios mínimos DF ($41,770 en 2013)
III
Todos los casos
645 salarios mínimos DF ($41,770 en 2013)
IV
Todos los casos
1605 salarios mínimos DF ($103,939 en 2013)
V
Todos los casos
8025 salarios mínimos DF ($519,699 en 2013)
VI
805 salarios mínimos DF por operación ($52,131 en 2013)
1605 salarios mínimos DF cuando sea en efectivo ($103,939 en 2013)
VII
2410 salarios mínimos DF ($156,071 en 2013)
4815 salarios mínimos DF ($311,819 en 2013)
VIII
3210 salarios mínimos DF ($207,879 en 2013)
6420 salarios mínimos DF ($415,759 en 2013)
IX
2400 salarios mínimos DF ($155,424 en 2013)
4815 salarios mínimos DF ($311,819 en 2013)
X
Todos los casos
3210 salarios mínimos DF ($207, 879 en 2013)
XI
Los incisos señalados
Cuando se lleven a cabo en nombre y representación de un cliente:
Operaciones financieras relacionadas con los incisos de la fracción
Con respecto al secreto profesional
Garantía de defensa en términos de esta ley
XII
Todos los incisos señalados
A.
a) Montos iguales o superiores a 16,000 salarios mínimos DF ($1’036,160 en 2013)
b) Siempre
c) 8025 salarios mínimos DF ($519,699 en 2013)
d) 8025 salarios mínimos DF ($519,699)
e) Siempre
B.
a) 8025 salarios mínimos DF ($519,699)b) Siempre
c) Siempre
d) Siempre
XIII
1605 salarios mínimos DF ($103,939 en 2013)
3210 salarios mínimos DF ($207,879 en 2013)
XIV

Todas las señaladas en los incisos
XV
1605 salarios mínimos DF al día que se realice el pago o se cumpla la obligación ($103,939 en 2013)
3210 salarios mínimos DF al día que se realice el pago o se cumpla la obligación ($207,879 en 2013)
Obligaciones:
Identificar a los clientes y usuarios
Verificar su identidad basándose en credenciales o documentación oficial
Recabar copia de la documentación con la cual se identifica el cliente
Solicitar al cliente información sobre su actividad u ocupación, basándose entre otros, en los avisos al registro federal de contribuyentes
Solicitar al cliente si tiene conocimiento del dueño beneficiario y en su caso documentación para identificarlo
Custodiar por un periodo mínimo de cinco años y evitar la destrucción de la información y documentación solicitada a los clientes
Facilitar en su caso las verificaciones que realicen las autoridades correspondientes
Presentar avisos de las operaciones realizadas ante el SAT a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a su realización

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