Durante mayo y
junio a los empleados se les otorga el reparto de utilidades de las empresas.
Muchas veces la ignorancia de las leyes da pie a que los patrones abusen de
este DERECHO que tienen los trabajadores. A continuación, explicaré algunas
generalidades, fundamentos y cálculos para que esa ignorancia se vaya
disipando.
Partamos desde el
inicio, desde la Constitución de los estados Unidos Mexicanos, concretamente en
el artículo 123 en el párrafo IX, que es el que fundamenta dicha prestación,
considerando que no hay ley superior a la Constitución, el artículo dice:
“IX. Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las
utilidades de las empresas, regulada de conformidad con las siguientes normas:”
Fundamentos legales de las
utilidades
Las reglas y
normas que se desprenden después, se refieren más a la forma en que se
regularan las dichosas utilidades.
Pero ¿qué dice la
Ley federal del trabajo (LFT)? (si… más y más leyes)
La
LFT dice lo siguiente en su artículo 117
“Los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas, de
conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la
Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.”
¿Sabes cómo
se calcula ese dinerito extra?
Cabe entonces
señalar que este derecho llamado Utilidades, se basa en el supuesto de que la
empresa haya generado utilidades o bien, haya sido rentable.
Por lo
tanto, una empresa puede generar o
no utilidades, si es una empresa que tiene pérdidas, y así lo han expresado
tus patrones en el trabajo, mejor ni sigas leyendo, ya que no te va a tocar
nada, o puedes seguir leyendo para describir que realmente sí te toca algo.
¿Cómo saber si la empresa para
la que trabajo generó utilidades?
Es una situación
complicada para el trabajador, pero todas las empresas deben tener confirmada
una comisión de reparto de utilidades, y esta comisión se encargará de informar
a los trabajadores si se llegara a dar el supuesto de una rentabilidad por
parte de la empresa.
Además de eso el patrón
tiene 10 días hábiles para colocar un documento extraído de la declaración
anual en donde se especifique que la empresa obtuvo o no utilidades.
Si el documento
muestra utilidad para repartir en este año, pos ya la hiciste. Pero si muestra
pérdidas… bueno, ya sabes que hacer, ¿no? Dejar de leer este artículo.
Empresas que no están
obligadas a pagar utilidades
Debes considerar
que existen empresas que no están obligadas al reparto de utilidad, ya que
también el gobierno apoya a ciertas empresas con características específicas.
Las empresas son:
·
Sean nuevas y haya
sido su primero año de funcionamiento
·
Aquellas que estén
haciendo algún producto nuevo. (Esto ya es más difícil que se dé en la
actualidad)
·
Esas empresas o
industrias que se dedican a la extracción, ya sea de minerales, petróleo, etc.
·
Las empresas sin
fines de lucro.
·
El IMSS e
instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, de asistencia o
de beneficencia.
·
Empresas que
tengan un capital menor del que fije la secretaria de trabajo y previsión
social por ramas de la industria.
Pero si no tienes
ni idea de cómo revisar estos documentos, o no tienes la posibilidad de acceder
a ellos pero en tu trabajo te repiten una y otra vez que si te darán
Utilidades, y no sabes cuándo, pues te digo:
¿Cuándo se entregan las
utilidades en 2018?
Las empresas
tienen un plazo máximo de 60 días
después de presentar su declaración anual. Y si tomamos en cuenta que
una persona moral (esas que en la mayoría de los casos terminan en S.A. de
C.V.) tiene como fecha límite para presentar la mencionada declaración es el 31
de marzo, entonces deberías estar recibiendo tus utilidades a más tardar el 31
de Mayo.
Los trabajadores que tienen como patrón a una persona física tienen de
plazo hasta el 30 de abril para presentar la Declaración Anual, por lo tanto, tú deberías estar recibiendo
tus utilidades a finales del mes de Junio. Sin embargo, para en el 2018, se
emitió una prórroga para que las personas físicas pudieran
presentar su declaración anual hasta el 15 de mayo, por lo que tus utilidades
deberías estarlas recibiendo a más tardar el 15 de julio de 2018.
Recuerda que esta
fecha puede variar, hay algunas empresas que sus utilidades las dan en marzo,
otras que incluso las dan en febrero o en abril, todo depende de cuando hayan
presentado su declaración anual y si dejarán pasar esos 60 días.
Antes de seguir,
es importante mencionar a todos aquellos que no tendrán derecho a utilidades.
Trabajadores que no tienen
derecho al reparto de utilidades
·
Directores, administradores y gerentes generales no tienen por qué roer
este pastel de la PTU
·
Trabajadores Eventuales con menos de 60 días trabajados en el año fiscal… en
este caso, si trabajaste solo 30 días, olvídate de la PTU. Pero por el
contrario si trabajaste medio año (supongamos de enero a Junio), tienes todo el
derecho de llamar a la empresa y preguntar por las utilidades, aun cuando ya no
labores en ella. OJO ESTO SOLO APLICA CON TRABAJADORES EVENTUALES.
·
Los trabajadores
domésticos (sirvientas, nanas, choferes, etc.) tampoco entran en este pastel.
Otros Detalles muy importantes
que se consideran para el reparto de las utilidades y la PTU
·
Los días de
incapacidad que tengan los trabajadores y los periodos antes, durante y después
del embarazo de las madres trabajadores, SÍ CUENTAN como trabajadores en servicio activo.
·
Los trabajadores
de confianza que ganen más que algún trabajador de planta o sindicalizado, solo
se tomará su sueldo un 20% aumentado respecto a este último trabajador.
·
La PTU que no se
les dio a los trabajadores en años anteriores, se suma a la que estamos
calculando, pero considera que el patrón solo está obligado a pagar todas las
deudas con los trabajadores hasta 1 año después de que se da dicho escenario.
Cómo se calcula el reparto de
utilidades
Al igual que a
muchos, a mí también siempre me surgió la duda de cómo las empresas decían “A
fulanito de tal le tocan mil pesos, a Fuckencio le tocan dos mil… etc. Etc.”.
Ahora explicaré ese método de cálculo de utilidades.
Supongamos que
patito, S.A. de C.V. reportó una utilidad de $1, 000,000 y además no repartió
$300,000 el año pasado. Por lo tanto, la PTU o utilidades total a repartir es
de $1, 300,000.
En base a este
último dato, crearemos dos factores: Por los días trabajados, y por los sueldos
de cada quien (Recuerda que son estas dos variables las que cuentan en cada
trabajador para ver cuánto le dan)
¿Pero cómo se
hacen los factores? Supongamos que la empresa tiene 6 empleados con las
siguientes características.
Trabajador
|
Días trabajados
|
Sueldo total ganado
en el año
|
Vendedor1
|
260
|
$58,000
|
Vendedor2
|
300
|
$95,500
|
Conserje
|
360
|
$50,000
|
Secretaria
|
350
|
$77,000
|
El poli de la
entrada
|
360
|
$80,000
|
Director de
finanzas
|
350
|
$180,000
|
TOTALES:
|
1,630
|
$360,500
|
Si has hecho las
sumas, te percatarás que no he incluido los datos del Director de finanzas,
que quizás y muy probablemente, es el dueño de la empresa (Pero eso solo pasa
en un universo paralelo, de todos modos, eso no nos importa. Lo que importa es
que ya tenemos los totales de dichos datos).
FACTOR 1 de utilidades
Para calcular el
factor de días, basta con que partamos el pastel en dos (Si… esos 1, 300,000
que a nadie le caerían mal), y a esa mitad, la dividiéremos por el total de
días. Asi:
Factor de días =
|
50% de la PTU a repartir
|
Total de días
|
Factor de días=
|
650,000
|
1,630
|
Factor de días =
398.773006
Ahora calculemos
el factor de los sueldos.
Factor de sueldos =
|
50% de la PTU a repartir
|
Total de sueldos pagados
|
|
Factor de sueldos =
|
$650,000
|
$360,500
|
Factor de Sueldos
= 1.80305132
Lo que sigue a
continuación es bastante sencillo, basta con que multipliquemos el factor de
días, por el número de días que un trabajador trabajó. Por ejemplo, el de
vendedor 1, solo tenemos que multiplicar: 398.773006 (que es el factor) por el
número de días que trabajó, que son 260, lo que nos da un total de $103,680.
Y ahora aplicamos la del factor por sueldos.
Multiplicamos:
1.80305132 por el sueldo que se le pago (Recuerda… vendedor 1) $58,000. Lo que
nos da un total de $104,576.98.
Ahora basta con
que sumemos ambas cantidades:
$103,680 +
$104,576.98 = $208,257.96
¿Cuánto me toca de utilidades
en 2018?
Con el ejemplo
anterior podemos apreciar que son $208,257.96 lo que va a recibir el vendedor 1
por utilidades… bastante, ¿cierto? Sí, yo también quisiera recibir por lo menos
un 10% de eso. Y la razón del por qué sale tan grande cantidad es por los supuestos
que estamos inventando. Sí, sí, eso de tomar un millón y pico de utilidad, y si
consideramos que son solo 5 personas, bueno, ya te imaginaras como estuvo la
cosa. Lo que nos hace pensar que esa empresa tuvo ingresos POR LO MENOS
de 10 millones. Pero eso ya es cuento de otro costal.
Aquí lo importante
es que la cantidad que se recibe de utilidad (también llamada PTU) puede variar
en función de cada trabajador, dado que no es algo general como sí ocurre con
el aguinaldo, por ejemplo.
¿Que como sé si estamos bien?, sencillo, la
suma de todo lo que le das a repartir a tus trabajadores debe ser igual a la
PTU a repartir. Te muestro como quedaría la tabla completa, y verás que los
números cuadran.
Conclusión para el reparto de
utilidades
¡NOTA IMPORTANTE!
El total de la PTU que reciben los trabajadores no considera los impuestos,
ya que como te podrás dar cuenta, representa un ingreso para el que es un una
persona física, en este caso el trabajador. Es decir, a los $208,257.96 aun
debemos quitarle impuestos. Pero eso ya es harina de otro costal.
Y sí, la PTU
también se tiene que timbrar en el esquema de nómina 1.2.
No hay comentarios:
Publicar un comentario