viernes, 6 de enero de 2012

AGUINALDO Y GRATIFICACION ANUAL

aguinaldo.

(De aguilando).
1.m.Regalo que se da en Navidado en la fiesta de la Epifanía.
2.m.Regalo que se da en alguna otraf iesta u ocasión.
3.m.Villancico de Navidad.
4.m.Planta tropical silvestre de la familia de las Convolvuláceas, muy común en Cuba y que florece por Pascua de Navidad.
Entra en la LFT desde su publicación el 1 de abril de 1970
DERECHO AL AGUINALDO
Art.87 LFT.
Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.


Aguinaldo proporcional

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere este.
EN OTROS PAÍSES
En Argentina, Guatemala, Panamá o Brasil, el aguinaldo es de 30 días de salario
En Estados Unidos, el aguinaldo es libre de otorgarse
En otros países existe el Christmas Bond que igual que en México, se paga únicamente por haber trabajado en la empresa, sin embargo, no están vinculados ni a la productividad, al buen esfuerzo, al desarrollo o a cualquier otra circunstancia orientada al reconocimiento y alcance de metas, situación característica de países desarrollados.
En la antigua Roma se acostumbraba dar aguinaldo a los magistrados y al emperador para la época de año nuevo.
El aguinaldo se paga en efectivo exclusivamente
Sin embargo, es permisible pagarlo vía cheque o depósito directo en cuentas bancarias
No es compensable ni debe ser pagado después de la fecha señalada
DEBE ser pagado antes del 20 de diciembre (del 19 hacia atrás)

SOLO SE PAGA A QUIEN LABORA EN DICIEMBRE



 

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