El día de hoy el SAT ha dado a conocer a través de su página del SAT, la
versión anticipada de su Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 junto con su
Anexo 1-A. Aquí te platicamos todo lo que trae.
Como ya lo mencionamos, el SAT en su página principal dio a conocer la
versión anticipada de lo que será la RMF para 2018, que entre otras cosas
tiene:
RMF
Anticipada 2018
Procedimiento para aclarar la presentación de pagos provisionales
mensuales del ISR en cero.
En este apartado nos indica que se emitirá opinión negativa en la situación de
cumplimientos y obligaciones fiscales cuando se haya declarado en ceros y estos
no sean los verdaderos valores.
Procedimiento que debe observarse para la
obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales. Básicamente nos hace énfasis a la hora de
poder emitir la opinión de cumplimiento y la forma en cómo podemos hacerlo, eso
sí, el SAT es puntual al mencionar que es “en materia de impuestos internos,
comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos…”. Cuando se
trate de créditos fiscales firmes o exigibles, el SAT ha mencionado que se
entenderá que el contribuyente va al corriente en sus obligaciones fiscales.
Cumplimiento de obligaciones del contratante
y del contratista en actividades de subcontratación laboral. ¿Recuerdan el famoso tema
de Outsourcing? El SAT no lo ha olvidado, y en esta versión anticipada nos
recuerda que para 2018 las obligaciones de ambas partes, se podrá usar el
aplicativo “Autorización del contratista para la consulta del CFDI y
declaraciones” y que está disponible en el buzón tributario.
Esta versión anticipada también nos menciona que para el Cumplimiento
de obligaciones en prestación de servicios diversos a la subcontratación se
podrá usar el mismo procedimiento antes dicho (que en pocas palabras es la
regla 3.3.1.44.).
También nos hace mención del Procedimiento para que los contratistas con
actividades de subcontratación laboral autoricen a sus contratantes, algo que
se da mucho en estos esquemas, por cierto, y otros temas acerca de la
subcontratación laboral.
Cuándo
entra en vigor esta versión anticipada de la RMF para 2018
En todo caso, esto entrará en vigor una vez que se publique en el DOF
(que aun no ocurre), por lo que es seguro que se dé el día 8 de febrero de 2018
y al día siguiente se comience a aplicar esto.
Un dato curioso es que los procedimientos que para los temas de la
subcontratación laboral se empezarán a aplicar desde hoy 7 de febrero según el
comunicado.
Si estás trabajando con los esquemas de subcontratación laboral, sería
bueno que revisaras nuevamente estos procedimientos para que no vayas a tener
malos raspones en un futuro.
Si quieres consultar la publicación puedes hacerlo directamente en
la página del SAT.
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